La propuesta busca consagrar un sistema que permitirá efectuar y recibir las donaciones en forma expedita y fácil, a través de un portal digital y público. Además, se incluyen nuevas áreas que podrán ser afectas a donaciones con beneficio fiscal como, por ejemplo, medioambiente, familia, protección de la infancia; pueblos indígenas y migrantes.

La Comisión de Hacienda de la Cámara inició el análisis del proyecto que crea un régimen de donaciones con beneficios tributarios en apoyo a entidades sin fines de lucro (boletín 14468).

Los ministros de Hacienda y de Desarrollo Social, Rodrigo Cerda y Karla Rubilar, respectivamente, fueron los encargados de explicar la iniciativa que modifica el decreto ley 3.063, sobre rentas municipales. Entre sus normas se busca permitir que diversas organizaciones tengan fuente de financiamiento, que es uno de los temas más relevantes surgidos en pandemia, porque han ido en apoyo de diversos compatriotas.

“El régimen permitirá efectuar y recibir la donación en forma expedita y fácil, a través de un portal digital y público”, explicó el ministro de Hacienda. Precisó que ahí se incluirá información de donatarios y el monto de donaciones recibidas por cada organización.

Rodrigo Cerda aclaró que se mantienen las leyes especiales actuales relativas a donaciones en los ámbitos de desarrollo social; cultura y patrimonio cultural; deporte; y de educación superior.

Nuevas áreas incluidas en el sistema

El titular de Hacienda informó que la propuesta en trámite agrega también nuevos fines que actualmente están excluidos en el sistema de donaciones.

Entre las nuevas áreas se consideran: medio ambiente; salud; ciencias; culto; DD.HH.; género y promoción de la diversidad; desarrollo y protección de la infancia; familia; pueblos indígenas y migrantes; fortalecimiento de la democracia; asistencia y cooperación en cualquier etapa de riesgo de desastre; desarrollo comunitario y local; y desarrollo urbano y habitacional.

Las entidades de la sociedad civil que podrán recibir donaciones sin fines de lucro son fundaciones, corporaciones y cuerpos de bomberos. No solo podrán recibir aportes en dineros, sino también en bienes corporales e incorporales. Además, como medida adicional, se incluye la modificación a las donaciones a instituciones de educación superior, incorporando a los Centros de Formación Técnica (CFT).

Entre los beneficios para el donante, se considera la deducción del 100% de lo donado. Pero se establecen diversos topes para contribuyentes de primera categoría, pymes con régimen simplificado, de impuesto global complementario, de segunda categoría y de impuesto adicional.

Además, las donaciones no quedarán afectas al Límite General Absoluto (LGA) y tendrán exención del impuesto a donaciones y al IVA en donaciones de bienes o a la importación.

Por su parte, la ministra Karla Rubilar destacó que este proyecto nace de la Mesa de organizaciones de la sociedad civil. Resaltó que desde hace diez años que vienen planteando una mejora a las donaciones. Detalló que esta ley corta es necesaria para las organizaciones sociales que se han visto más golpeadas por la pandemia.

La iniciativa se encuentra en primer trámite en la Cámara y tiene calificación de urgencia de “suma” (quince días para el trámite).