La Sala aprobó el proyecto que modifica el Código Penal para establecer que, frente a determinados delitos cometidos en contra de una mujer embarazada, se deberá siempre aplicar el máximo de la pena respectiva. Entre dichos delitos se consideran los cometidos contra la integridad física y de connotación sexual.

Preocupados por dar un marco legal especial de protección a aquellas mujeres que se encuentren embarazadas, procurando la aplicación de penas máximas y efectivas respecto de ciertos delitos que se cometan en contra de ellas, es el objetivo de un proyecto (boletín 14132) aprobado hoy por la Sala de la Cámara y enviado a segundo trámite, al Senado.

Para sus fines, la iniciativa modifica el Código Penal y define el listado concreto de los delitos. Comprende a aquellos cometidos en contra de la libertad y la seguridad, como el secuestro. También están incluidos la tortura; tratos crueles, inhumanos o degradantes; y agravios inferidos por funcionarios públicos a los derechos garantizados por la Constitución (Título 3°, párrafos III y IV).

Además, hacen parte del listado los delitos de violación, estupro y otros de carácter sexual (Título 7° párrafos V y VI). De igual modo, están el parricidio, femicidio, homicidio, lesiones corporales, maltrato a menores de 18 años o personas con discapacidad y tráfico ilícito de migrantes y trata de personas (Título 8°, párrafos I, I bis I ter, III, III bis, V bis).

Igualmente, está considerado el robo con violencia e intimidación (Título 9° párrafo 2), entre otros.

En todos estos casos, la pena asignada se aplicará según sea el caso, en su grado máximo, cuando la víctima se encuentre embarazada.

Fundamentos y cambios en el trámite

La propuesta tuvo su origen en una propuesta de las diputadas RN Ximena OssandónKarin Luck y Francesca Muñoz; UDI Nora CuevasMaría José Hoffmann y Virginia Troncoso; independiente Érika Olivera; y DC Joanna Pérez.

Según se explica en el documento, se busca proteger el valor de la maternidad y su especial consideración social. Además, procura que la responsabilidad de los agresores como, por ejemplo, en el caso de una golpiza propinada a una mujer embarazada que puede perder a su hijo, sea aumentada.

Adicionalmente, consideran que es mucho más grave la violencia hacia una embarazada, porque ella es más vulnerable. Esto, porque no tiene la misma fuerza y no puede defenderse de igual manera.

La iniciativa original definía una agravante sobre la materia. Sin embargo, tras su aprobación en general, el pasado 30 de junio, el criterio se modificó en la Comisión de Mujeres. Hoy, dicha redacción fue ratificada por la Sala por 110 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones.

Debate

En la discusión intervinieron las y los diputados RN Ximena Ossandón y Andrés Longton; independiente Pedro Velásquez; DC Iván Flores; y PS Marcos Ilabaca.

Coincidieron en que el proyecto busca otorgar una mayor protección jurídica penal a la embarazada y a la vida del que está por nacer. Ello, al promover condenas más estrictas a quienes atenten contra estas mujeres.

Además, plantearon la necesidad de contar con un nuevo Código Penal, ya que, hoy, con las atenuantes, los delitos son castigados con penas mínimas.