La Comisión de Gobierno interior inició el debate del articulado de las mociones que complementan la reforma constitucional que busca reinstaurar el voto obligatorio. Estas definen sanciones a quienes no cumplan con ir a sufragar y permiten la desinscripción de los padrones electorales.

La Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputadas y Diputados comenzó la votación del articulado y las indicaciones de tres iniciativas que buscan regular de manera más efectiva la implementación de la reforma constitucional que busca restituir el voto obligatorio.

La primera de las propuestas modifica la Ley orgánica constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios para sancionar el incumplimiento de la obligación de sufragar. Para esto se plantea el pago de una multa a beneficio municipal, que va desde, media a tres Unidades Tributarias Mensuales (boletín 13105).

El segundo texto, fruto de dos mociones refundidas (boletines 13159 y 14291), modifica la ley orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y el Servicio Electoral.

En este caso, se incorpora un proceso de desinscripción voluntaria del Registro Electoral. La iniciativa propone reformar la normativa vigente incluyendo la opción de la desinscripción. Esta podría ser tanto por la vía presencial como remota, a través del sitio web del Servicio Electoral.

Indicaciones aprobadas

En la presente jornada, el grupo parlamentario se abocó a la primera de las propuestas. Entre los aspectos aprobados está una indicación que exime de la obligación de votar a aquellas mujeres que estén en reposo por embarazo, parto o puerperio. Estas causales se suman a las ya existentes en la iniciativa. Estas son: enfermedad, ausencia del país o el estar a más de 200 kilómetros del local de votación.

Otra enmienda aprobada señala que se establecerán incentivos para ir a votar para los ciudadanos y ciudadanas en la realización de trámites o prestaciones estatales. Estos deberán ser establecidos por el Ministerio del Interior, a través de un reglamento.

Pendientes en tanto quedaron aspectos como el ente que debe acreditar la existencia de algún impedimento grave por parte del elector que le impida el ejercicio del sufragio. Actualmente, dicha función la cumple el Juzgado de Policía Local, que se reemplazaría por el Servicio Electoral u otro órgano que designe el Ministerio del Interior. Además, se debe resolver el mecanismo mediante el cual se podrá presentar las excusas, en la línea de modernizar el proceso hoy existente.