Gobierno otorgó rebajas de condena a 56 condenados por abuso y violación de menores: Ministro de Justicia justifica decisiones basadas en criterios de la Corte Suprema
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat, se pronunció este miércoles sobre las 56 rebajas de condena que se otorgaron durante el gobierno del presidente José Antonio Kast a condenados por delitos sexuales contra menores. Rabat sostuvo que estas decisiones del Ejecutivo responden a criterios establecidos por la Corte Suprema y que los beneficiados no recurrieron a tribunales para obtener tales rebajas.
El titular de Justicia argumentó que la Corte Suprema acogió recursos de amparo de todas las personas beneficiadas, y que el ministerio actuó conforme a la doctrina establecida por la misma Corte. “Nada más que eso, es el cumplimiento de sentencias”, afirmó el ministro. En 2022, se excluyó de este beneficio a quienes cometen delitos sexuales contra menores; sin embargo, antes de la entrada en vigencia de esta norma, la Suprema ya había acogido recursos de amparo de personas solicitando rebajas de condena.
Al ser consultado sobre si el Gobierno compartía el criterio de la Corte, Rabat respondió que “el Gobierno no comenta los fallos judiciales”. Además, enfatizó que se trataba de fallos judiciales pronunciados por recursos de amparo de la Corte Suprema. En cuanto a la falta de información pública sobre estos beneficios, el ministro aseguró que “los actos administrativos son todos públicos”.
De acuerdo con antecedentes publicados por Interferencia, entre el 11 de marzo y el 13 de septiembre de 2026, la cartera de Justicia dictó 56 decretos que concedieron rebajas de condena, de los cuales 27 fueron por abuso sexual de menores y 29 por violación. Solo una solicitud fue rechazada. Según se indica, ninguno de estos beneficios fue otorgado mediante un recurso de amparo ni otra vía judicial, ya que las solicitudes fueron ingresadas directamente al ministerio, que las acogió.
Estos decretos se emiten “por orden del Presidente de la República”, tras la calificación de la conducta del condenado por parte de la Comisión de Reducción de Condenas, la verificación de requisitos por parte de la Secretaría Regional Ministerial y la revisión de antecedentes realizada por la División de Reinserción Social.